Existen 4 tipos de contratos laborales que se derivan del Real Decreto-ley 32/2021, que es una medida implementada por el Estado español con la perspectiva de garantizar la estabilidad del empleo. El objetivo último de esta normativa es corregir la temporalidad excesiva en los puestos de trabajo. 

Significativamente, la crisis derivada por la pandemia de la COVID-19 llevó a las autoridades a tratar de equilibrar el mercado laboral. Por este motivo, en 9 Assessors te explicamos cuáles son los 4 tipos de contratos laborales estipulados en esta reforma que ha dado tanto de qué hablar en la actualidad.

¿Por qué ha sido importante este anuncio?

La normativa contemplada por las autoridades nacionales busca impulsar la exigencia de causa para cada uno de los tipos de contrataciones que se encuentran expresadas en la ley, de modo que pudiera ser modernizado el Estatuto de los Trabajadores. Ello, aunado a las necesidades ecológica y digital que inciden directamente en la economía y los distintos procesos sociales. Por lo tanto, los esfuerzos gubernamentales han estado enfocados en otorgar las condiciones favorables para los diferentes tipos de contratos laborales en España.

De acuerdo a esta premisa, en 9 Assessors te indicamos que los contratos de trabajo pueden ser por tiempo indefinido, temporales, fijos-discontinuos y por razones formativas. A continuación brindaremos una detallada definición de cada uno de estos contratos.

los 4 tipos de contratos laborales

Las características de los 4 tipos de contratos laborales luego de la reforma

El contrato de trabajo indefinido

Este tipo de contrato establece una vinculación laboral sin un límite determinado de tiempo, lo cual deviene en una relación contractual a largo plazo entre las empresas o instituciones con el trabajador. A diferencia de las condiciones laborales previas a la reforma, el contrato de trabajo indefinido debería ser la principal baza en contra de la precariedad existente en España, puesto que otorga las condiciones necesarias para proteger derechos de trabajo que son fundamentales para el avance de la sociedad.

En 9 Assessors concebimos que es la opción más popular y con mayor fuerza entre la población que busca estabilidad, por lo que es necesario conocer sus detalles en profundidad, tanto para proteger los intereses de las empresas como de los trabajadores.

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El nuevo contrato temporal

Bajo dos submodalidades, estipuladas en duraciones de 6 meses y ampliables a 1 año, así como a 90 días en el año natural, los contratos temporales tras la reforma laboral tendrán el objetivo de regularizar situaciones derivadas por circunstancias de producción y por sustitución, según corresponda el caso. Ello se ha debido a que los contratos temporales han sido sujetos a polémicas determinadas por las condiciones sostenidas en las relaciones contractuales que favorecían la precarización.

Los incrementos ocasionales de producción conllevan a la necesidad de superar los cupos que normalmente son atribuidos al empleo estable, por lo que los contratos temporales tienen la facultad de arreglar dichos desbarajustes usualmente asociados a las vacaciones anuales del personal. De este modo, en 9 Assessors consideramos fundamental evaluar las cuotas de producción críticas para hacer las gestiones correspondientes.

Los contratos fijos-discontinuos

Entendiendo las particularidades de la economía española, la reforma laboral contempla que los tipos de contratos laborales también deben ser flexibles para la prestación de servicios de manera estacional. Por ello, estos contratos fijos-discontinuos representan la formalización de los contratos mercantiles y los períodos de ejecución determinados, y especialmente según convenios con empresas de trabajo temporal (ETT).

Sin embargo, la vinculación fija-discontinua también es una baza importante para el acceso a iniciativas de formación que ayudarán a mejorar la situación durante los períodos de inactividad estipulados de acuerdo al criterio de contratación.

Contratos de trabajo formativos: en alternancia o práctica profesional

Los contratos de trabajo formativos tienen la particularidad de funcionar bajo dos esquemas fundamentales. En principio, este tipo de contrato sigue siendo el único bonificado según la legislación española, y, si bien las condiciones ahora se muestran más favorables, aún se esperan nuevas reglamentaciones al respecto. En 9 Assessors consideramos que es una modalidad que puede resultar beneficiosa tanto para las empresas como para los trabajadores autónomos que deseen especializarse en un sector en particular.

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El contrato para la formación en alternancia permite una concertación a tiempo parcial, con una duración que va desde los 3 meses hasta los 2 años. Ello dependerá también de la edad del trabajador y el nivel de profesionalidad de su certificado. Por otro lado, el contrato para obtención de la práctica profesional tiene como objeto adquirir una práctica profesional que se adecúe al nivel de estudio del trabajador, con una duración de entre 6 meses y 1 año.

Los 4 tipos de contratos laborales en España abren un debate interesante sobre las condiciones y beneficios, tanto para las empresas como para los trabajadores, por lo que es necesario hacer uso responsable de la información contenida en la reforma laboral. Si requiere orientación sobre este y otros asuntos, en 9 Assessors estaremos encantados de guiarle con nuestro personal altamente calificado para ello. 

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En 9 Assessors ofrecemos el servicio de asesoría online, para hacer del contacto con nuestros clientes uno mucho más ágil. También contamos con un completo servicio de asesoría para Pymes, para acompañar a las empresas de menores dimensiones frente a las dificultades y retos de la gestión.

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